Por Elena Corvalán.- Desde comienzos de este mes la Comunidad Misión Wichi Mataco, que reside cerca de la localidad de General Mosconi, en el norteño departamento San Martín, de Salta, mantiene un estado de vigilia para evitar que topadoras de la empresa constructora Víctor Contreras SA continúen las obras para el tendido de otro gasoducto en sus tierras. A pesar de que existe una medida de no innovar sobre estos terrenos, y de que al lado de la Comunidad hay un campo por donde podría tirarse la cañería, el juez Nelso Aramayo ordenó que siga la construcción del gasoducto por la traza que atraviesa las casas de los wichi.

Así lo informó la religiosa Margarita Filipini, quien reside en la Comunidad desde 1975. La vigilia se mantiene desde el 1 de junio, día en que operarios de la empresa Víctor Contreras y Cía SA ingresaron topadoras a las tierras de la Comunidad e iniciaron los trabajos de limpieza para instalar un ducto para el transporte de gas al sur del país, el que sería el gasoducto Centro-Oeste. En ese cometido arrasaron con el canchón, los adobes y los pozos de donde se sacaba la tierra de la ladrillería que tenían 16 familias de la Comunidad (las que quedaron sin trabajo), también destruyeron alambrados y desmontaron el montecito que proveía leña a toda la Comunidad, integrada por unas 200 familias, unas dos mil personas.

Filipini precisó que la constructora fue contratada por otra empresa (sería Odebrecht) contratista a su vez de la empresa Transportadora del Gas del Norte (TGN), para la que se construiría el gasoducto.

Este es el segundo gasoducto que pasaría por la Comunidad, cuyas tierras ya están atravesadas por nueve caños del gasoducto Campo Durán-Buenos Aires, estos caños atraviesan el patio de la escuela de la Comunidad. El tendido del segundo gasoducto no fue autorizado por la Comunidad Misión Wichi Mataco, a cuyo nombre está inscripto el catastro 1565, donde se llevan a cabo las obrasl

En marzo de 2009 la constructora pidió pidió permiso a la firma León y Chibán SA, propietaria de 20 mil hectáreas, de las cuales disputa 1100 con la Comunidad Wichi.

Sobre estas 1100 hectáreas (de las cuales 300, donde reside la Comunidad y tiene su escuela, están ubicadas a un lado de la ruta nacional 34 y 900 están del otro lado, al oeste de la ruta) pesa desde 1986 una medida de no innovar, dictada por el Juzgado Civil y Comercial de 1º Nominación de Tartagal, a cargo de la jueza Norma Vargas, a favor de la Comunidad. Esta medida había sido solicitada por la Comunidad ese mismo año, al iniciar un juicio de prescripción adquisitiva de dominio, expediente 3536/86, que sigue en trámite en el mismo Juzgado, pero a cargo del juez de Instrucción Nº 1 de Tartagal, Nelso Aramayo (en calidad de subrogante del Juzgado Civil y Comercial, dado que la jueza Vargas fue recusada por León y Chibán luego de que otorgara la medida de no innovar). Este proceso está listo para dictar sentencia desde hace nueve años, pero el juez Aramayo aún no se expide.

Hasta ahora todas las empresas que realizaron tareas en las tierras comunitarias solicitaron permiso a la Comunidad, incluso en 1985, antes de que fuera inscripta en la Dirección General de Inmuebles.

Sin embargo, esta vez la constructora se valió del permiso otorgado por León y Chibán, que por la medida de no innovar está impedida de decidir sobre las tierras comunitarias, y adujo contar además con la autorización del Instituto Provincial de Pueblos Originarios de Salta (IPPIS), y de caciques, entre ellos Andrés Tolaba e Indalecio Calermo, para iniciar la obra, a pesar de la oposición de los habitantes. Filipini negó que existan permisos del IPPIS, y denunció que el 31 de mayo la empresa “sobornó a dos caciques políticos”, y a otros dirigentes, entre los que distribuyó “98 mil pesos” con el fin de utilizarlos para obstaculizar a los integrantes de la Comunidad Misión Wichi Mataco, si intentaban, como lo hicieron, impedir el ingreso de las maquinarias. Ninguno de esos caciques pertenece a esta Comunidad.

El mismo 1 de junio, cuando ya las maquinarias estaban derribando los árboles y el alambrado, y destruyendo el canchón de la ladrillería, Victorino Lorenzo, autoridad de la Comunidad Misión Wichi Mataco, intentó denunciar el hecho pero la policía de Mosconi no lo atendió, aduciendo que estaban muy ocupados (porque había protestas en la ruta, por otras cuestiones). Ocurre que como las topadoras avanzan muy rápido, se trataba de frenarlas antes de que provocaran más daños. Pero no fue posible.

Recién al día siguiente la Comunidad pudo interponer la denuncia ante el fiscal Penal y Correccional Nº 2 de Tartagal, Gonzalo Ariel Vega. En un primer momento el fiscal mandó hacer un croquis del lugar y ordenó suspender la obra; sin embargo, dos horas después la empresa reinició la actividad.

Y siguió trabajando el 3 de junio, a pesar de que el Juzgado Civil y Comercial de 1º Nominación les recordó, mediante una intimación, que estaba vigente la medida de no innovar. Entonces los wichi decidieron pararla por sus propios medios y, tras expulsar las topadoras y hasta un camión que ya había empezado a transportar los caños para colocarlos, volvieron a levantar sus alambrados e iniciaron una guardia que se mantuvo sin cambios hasta el 24 de junio, día en que el juez Aramayo revocó la suspensión y ordenó continuar la obra.

La Comunidad no se movió de sus puestos de observación porque sus abogados, Juan Carlos Nallín y Carlos Iriarte, apelaron esta decisión y pidieron que se mantuviera la suspensión de la obra. Ahora están a la espera de la resolución de la Justicia, pero temen que llegue una orden de desalojo que incluya una represión. Es que no están teniendo buenas experiencias en el Poder Judicial salteño.

La causa penal por la irrupción en la tierra comunitaria fue archivada por el fiscal Vega, quien consideró que el Juzgado Civil interviniente debería ocuparse de todo. Según Filipini, el fiscal tomó esta decisión luego de que la abogada de Contreras, Celia Nasser, le dijera que no podían parar la obra sin autorización de la contratadota de Buenos Aires, que la empresa había realizado un estudio de impacto ambiental (que, sin embargo, no fue incorporado al expediente penal) y que el catastro 1565 es de propiedad de León y Chibán, “cuando es de público conocimiento que está en litigio”.

La semana pasada el juez Aramayo fue a hacer una inspección ocular en el lugar. Filipini contó que el magistrado dijo entonces que no se veían los rastros de las obras indígenas. “Cómo la va a ver si las tiraron las topadoras. Rompieron las cortadas de ladrillo, les han llenado de ramas del monte que sacaron del camino las fosas de las que sacaban la tierra especial para los ladrillos. Ahora no pueden trabajar en las ladrilleras”, sostuvo.

Además, las topadoras desmontaron un camino de unos 60 metros de ancho, el lugar por donde pasará el gasoducto. Se prevé que el caño recorra unos tres mil metros dentro de tierras comunitarias. La religiosa precisó que este desmonte no se hizo justo donde empieza la parcela de la Comunidad, sino unos metros adentro y “dejaron una franjita de monte que no sirve para nada”.

Filipini destacó que “es la primera vez que hay un atropello tan grande” contra la Comunidad. La religiosa no termina de comprender la última decisión del juez Aramayo: “No podemos creer que la sentencia haya hecho prevalecer los intereses económicos de una empresa por encima de la vida de personas. Nos están encerrando entre dos gasoductos. Que dejen una escuela y toda una población entre dos gasoductos, con peligro de estallar en cualquier momento”.

Juan Carlos Nallín también deploró la decisión de Aramayo. Dado que las tierras comunitarias colindan con una finca de 5 mil hectáreas donde se siembra soja y no tiene habitantes, el abogado señaló que el magistrado bien pudo haber decidido que el ducto pasara por esas tierras en lugar de cruzar una zona habitada. Atribuyó esta decisión a una discriminación por tratarse de indígenas.

En términos similares se pronunció el abogado Carlos Iriarte, que también colabora con la Comunidad: en declaraciones al canal de noticias tartagalense Video Tar, subrayó que solo la Comunidad tiene derecho a autorizar el paso de un gasoducto. “Me atrevería a decir que al justicia en Tartagal es netamente discriminatoria” porque “desde ningún punto de vista se aplica al ley general (las constituciones de Salta y la Nacional y tratados internacionales) para favorecer a una comunidad y se está discriminando de la aplicación de la ley a una comunidad aborigen. Es típicamente discriminatorio”, sostuvo.

Filipini contó que los miembros de la Comunidad están en una situación de precariedad, dado que la mayoría son jornaleros, trabajan en la construcción sobre todo, y la necesidad de cuidar sus tierras les impide trabajar, y a esto se suman las 16 familias que perdieron su emprendimiento ladrillero, todo lo que está provocando que comience a escasear la comida. De todos modos, “la gente no se piensa mover porque no se negocia la vida, ni se negocia la tierra de la gente, no podemos negociarla”, sostuvo la religiosa.

Contactos:

Juan Carlos Nallín – abogado de la Comunidad Misión Wichi Mataco: Estudio en Salta capital: 0387 431 0958 – 431 7502 – Estudio en Buenos Aires: 011 4415 1240

Carlos Iriarte – abogado que colabora con la Comunidad: 03875 15407462 – 0387 155329460

Victorino Lorenzo – autoridad de la Comunidad Misión Wichi Mataco: 03875 15559375

Margarita Filipini – religiosa misionera residente en la Comunidad: 03875 15592403

Indymedia Argentina – Pueblos Originarios

Comunicado de la Pastoral Aborigen Diócesis de la Nueva Orán

Este año los argentinos nos encontramos celebrando los 200 años de la fundación de la República. Pueblos y comunidades indígenas habitaban el norte de Salta desde tiempos ancestrales y por lo tanto mucho más allá de estos 200 años. El Estado Argentino por lo tanto fue erguido sobre estos pueblos y culturas que aun hoy continúan luchando para ser respetados y reconocidos dignamente.

Los derechos de los Indígenas a la tierra- territorio y el acceso a la justicia han sido reconocidos en varios pactos internacionales, y de manera explícita en Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La reciente aprobación de la declaración universal de los derechos de los pueblos originarios a fines del 2007, la reforma de la Constitución Nacional, que los reconoce como preexistente y sujetos de derechos y de manera especial aquellos que ocupan la tierra ancestralmente; las distintas reformas de las constituciones provinciales; constituyen un marco legal que intenta crear las garantías para la vida de las comunidades y pueblos Indígenas.

Sumados a ellos desde hace más de un siglo conviven con estos pueblos, familias campesinas criollas que ven igualmente vulnerados sus derechos y su dignidad. Sus reclamos a la tierra que le corresponde, al acceso a la justicia, al respeto de sus costumbres y sobre todo a la posibilidad de desarrollarse dignamente, basado en su trabajo, en los lugares donde viven hace añares. También ellos tienen amparos constitucionales y legales basados en los derechos y garantías de la Constitución Nacional y en el código civil como por ejemplo la ley de prescripción veinteañal.

Todos estos instrumentos no han sido suficientes para detener el continuo avance de la destrucción de la tierra-territorio que habitan ambos grupos

Vemos con preocupación que el atropello continúa. Constatamos que en la zona del departamento de Rivadavia, Salta, además de los ya conocidos problemas de la falta de entrega de los títulos de tierra largamente esperada , continúa la deforestación descontrolada y se suma ahora el avance indiscriminado y avasallante de las petroleras amparados en la legislación de hidrocarburos extremadamente permisiva hacia los proyectos de exploración

El Estado Nacional y Provincial además, no muestran un interés claro en conocer, esclarecer, favorecer, procesos genuinos de diálogo con estos grupos ni colabora muchas veces en ayudar a resolver conflictos locales o generar procesos de desarrollo genuinos, sino mas bien, con una política clientelar, promueve las divisiones, las luchas internas, la marginación, entre otras, aprovechándose de situaciones de extrema pobreza con fines electorales o económicos de ciertos grupos de poder.

Uno de los casos más evidentes es lo que está pasando con las exploraciones petroleras, donde ni siquiera se cumplen los requisitos mínimos que pide la ley, de por si permisiva, como por ejemplo acordar las indemnizaciones que corresponden con las poblaciones locales antes de ingresar en propiedades privadas de comunidades, criollos o en litigio.

Es fundamental para lograr revertir esta situación sentar las bases del diálogo y acuerdos constructivos que permitan mirar la región desde todos los actores involucrados, basados en el respeto, el cumplimiento de los derechos de cada grupo y la libertad de elegir formas de vida, formas de producir, que combinen sustentablemente el desarrollo personal, familiar y comunitario en el marco del respeto del medio ambiente y todas las culturas intervinientes.

No puede existir desarrollo, ni paz, ni justicia, cuando grupos de argentinos, con derechos consagrados, son vulnerados sin ningún miramiento como si por ser pobres y marginados, consecuencia de siglos de abandono, y no por elección, les haya hecho perder la condición de seres humanos.

ANTES DE QUE SEA DEMASIADO TARDE

Asistimos alarmados a una serie de episodios que despiertan nuestro estupor y perplejidad y queremos compartir con la opinión pública.

En inmediaciones de Morillo, personas inescrupulosas invocando representar y actuar por cuenta de empresas licenciatarias del gobierno nacional para hacer exploraciones petroleras en la zona, violan los derechos humanos y sociales de pobladores aborígenes y criollos residentes, ancestrales unos, y de generaciones otros, en esta zona del noreste de Salta, haciendo daños gravísimos al medio ambiente, en esta reconocida época de emergencia ambiental en la Tierra entera por los desastres conocidos mundialmente. No muestran su plan de trabajo ni la documentación que acredite la legalidad de su accionar. A esto se suma que, habiendo comunicado a los organismos provinciales encargados del control respectivo, no se obtiene respuesta concreta, si telefónica, que permita frenar tales atropellos.

También en Mosconi, en la Misión Wichi-Mataco, han irrumpido empresas contratistas para el tendido de cañerías transportadoras de gas. Han entrado en la jurisdicción territorial de esta Misión, haciendo trabajos de preparación para la instalación de dichas cañerías tornando gravemente peligrosa la vida de nuestros hermanos aborígenes que viven allí, impidiendo el normal desempeño de sus actividades y cultivos.

No podemos entender la violación elemental de los derechos humanos y comunitarios llevada a cabo por todas estas empresas, ni la desatención, el desinterés o la negligencia de las autoridades locales, provinciales y municipales. Somos testigos de amenazas, mentiras y difamaciones provenientes de los sectores empresarios en cuestión y sus aliados, que buscan debilitar a las organizaciones indígenas y criollas que se han movilizado para defender la Vida.

Queremos que se ponga freno a dichos atropellos que van contra la vida de nuestro Pueblo. Conscientes de que sólo desde el respeto irrestricto a la ley, poniendo Verdad donde no la hay, el bien común de todos y todas será salvaguardado, insistimos en la necesidad de tomar decisiones rápidas y efectivas.

Pedimos la intervención de las autoridades. Han sido elegidos para servir al Pueblo y no para ser funcionales a los intereses de parte que vienen quebrantando al medio ambiente y poniéndolo de rodillas ante sus apetencias desmedidas. Se saquea la tierra en nombre de una utilidad particular de dudosas ventajas para los habitantes de esta región.

El Papa Benedicto nos urge a renovar nuestra alianza con la Creación.

Nuestro Obispo Marcelo ha insistido en la imperiosa necesidad de plasmar esto en un conjunto de medidas que detengan la inercia destructiva del medio ambiente y nos devuelvan la posibilidad de Vida en abundancia para todos y todas, en el norte salteño.

Pedimos racionalidad a las autoridades y una intervención tempestiva, antes de que sea demasiado tarde.

Equipo Diocesano de Pastoral Aborigen – Diócesis de la Nueva Orán- Salta –

26/06/10


Indymedia Argentina – Pueblos Originarios

La Comunidad Mataco de Mosconi impide el paso del gasoducto por sus tierras

La lucha de la Comunidad Matacos Tolaba de General Mosconi por sus tierras es de larga data en los estrados judiciales. Se inició contra la firma León y Chiban que compró por precios irrisorios sus tierras a Echezortu y Casas el anterior propietario a comienzo de los ´70. En el año 1979 en pleno proceso militar cuando el Gobernador de Salta era el Capital Ulloa lograron sin embargo mediante un recurso de amparo parar las topadoras y en 1986 lograron la medida de No innovar. Por entonces –dice la Hermana Margarita Filippini la comunidad no tenía plano de mensura, no existían las construcciones que hoy tiene ni existían por entonces Leyes provinciales ni Naciones que promuevan la defensa de los Derechos de los pueblos indígenas tal como hoy existen, ni el amparo de la Constitución Nacional.matacos_mosconi4.jpg

Sin embargo el dictamen del Juez Nelson Aramayo de este 24 de junio de 2010, dispone y Autoriza que la Empresa Contreras continúe las obras, el trabajo del tendido del gasoducto por medio de sus tierras. Así visto, parece que la Historia hubiera girado atrás su rueda de años, que los Pueblos indígenas no hubieran logrado ningún avance en el logro de sus derechos como pueblos nativos, originarios, integrantes de la Nación Argentina. El nuevo atropello se hace en un asentamiento poblacional aborigen que está protegido mediante una cautelar oportunamente renovada de “no innovar”, en beneficio de esta comunidad que a la fecha tiene aproximadamente una población de dos mil personas, familias, ancianos, niños. La comunidad apenas se realizó el atropelló fue a poner la denuncia, en la Policía donde a un principio ni se la quisieron tomar. Luego lo hizo en el Juzgado Civil donde se encuentra radicado el Juicio de prescripción adquisitiva de dominio del año 1986, donde se dictó la medida de “No Innovar”.

El problema judicial actual se inicia cuando la transportadora del Gas del Norte TGN S.A contrata a la consultora Norberto Odebrech y esta a su vez subcontrata a la empresa Victor Contreras y Cia SA para la obra de ampliación del tendido del gasoducto Campo Durán – Pichanal cuyo trazado penetra, pasa por el territorio de la Comunidad Mataco o Misión Tolaba de General Mosconi. Para poder hacer la obra obvian solapadamente la Medida de No Innovar, expediente 3536/86 y consiguen un permiso de la firma León y Chibán a quien consideran como el titular del dominio. Con ese permiso se dan por “autorizados” a penetrar en el inmueble y a realizar las obras en cuestión. La comunidad Mataco hace la denuncia en la Fiscalía de Tartagal y logra la orden de “suspensión de los trabajos” en el predio aludido y el retiro de las máquinas. En respuesta la apoderada de la Empresa Contreras, abogada Celia del C. Naser solicita se deje sin efecto la medida por contar no sólo con la autorización de “sus legítimos dueños” (León y CChiban) sino que dice la abogada en su escrito cuentan con la “autorización” obtenido mediante un presunto “Convenio de Donación” firmado por los caciques de trece (13) comunidades mas la de Indalecio Calermo que firma como “Cacique General de la Raza Wichí” y como Director del Instituto de los Pueblos Indígenas, y Delegado General Nacional del Indígena.

Con esta “Donación con cargo” se produjo un enfrentamiento entre aborígenes que pudo haber terminado en sangre, dado entre los legítimos pobladores de la misión wichi o mataco y aquellos que habiendo firmado la Donación se sentía comprometidos por el contrato firmado a “despejar el camino” para que las máquinas de la empresa sigan trabajando.

También la Comunidad Matacos hizo una denuncia ante la Fiscalía Penal Nº 2 a cargo del dr. Gonzalo Ariel Vega, quien a un principio hizo una prolija labor, con un croquis donde se observaba claramente el abuso de la intromisión, pero inesperadamente, luego de entrevistarse con la abogada Celia Naser, apoderada de Contreras, cambió de parecer y manifestó ahora que no se trataba de una cuestión penal, sino civil y archivó las actuaciones.

Finalmente en su dictamen del 24 de junio de 2010 el Juez Nelson Aramayo da a favor de la Empresa, que continúe el trabajo del gasoducto e incluso agrega que “se autoriza el razonable auxilio de la fuerza pública y  de todas las medidas pertinentes para el cumplimiento a lo dispuesto por su resolución.

Realmente parece increíble que habiendo una medida de No innovar vigente, que con toda la abundante doctrina, jurisprudencia y legislación existente sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas un Juez permita que pasen CONDUCTOS A PRESIÓN por una comunidad aborigen, cuando sólo a la par, al lado de la misma existen campos agrícolas sin población e incluso de más fácil acceso. Entonces, por qué no se autorizó a pasar por allí. Es porque sus propietarios son gente de gran capital que pueden defender sus derechos?

Norte del Bermejo

¿Soborno a Indígenas para hacer el gasoducto Campo Duran-Pichanal?

El 31 de mayo de este año 2010, un día antes que la Empresa Victor Contreras y Cia. S.A entrara a las tierras de la Comunidad Matacos de General Mosconi con sus maquinarias, 13 Caciques y el Director del IPPIS (Instituto Provincial de Pueblos Indigenas de Salta) Indalecio Calermo firmaron con esta Empresa un “Contrato de Donación con cargo”. La escribana Carina Angel dejó constancia que ella solo certificaba las firmas no dando fe de su contenido y además que uno de los Caciques «no trajo documento» pero que la instrumentación del mismo ya venía confeccionada.

Pues bien, ¿de qué se trata este Contrato de Donación, llamado un “galimatías jurídico” por el Dr. Juan Carlos Nallín, abogado de la comunidad? Por el mismo, la Empresa Victor M. Contreras y Cia. S.A –la Donante- repartió a los trece Caciques y a Indalecio Calermo –“los Donatarios”- $ 98.000 (noventa y ocho mil pesos), 7.000$ para cada “comunidad” (en realidad para cada cacique). 5.000$ entregados en este acto y el saldo de $ 2.000 a entregarse una vez concluida la Obra.

Acto inmoral si lo hay, es este llamado “DONACIÓN”, porque no se priva de nada. ¿Qué “donan” los Caciques a la Empresa Contreras? Donan, resignan todos los DERECHOS que les fueron otorgados por las leyes provincial y nacional y por la mismísima Constitución Nacional. Por “treinta monedas de plata” permitirán que las maquinarias de Contreras, y de cualquier otro de subcontratistas, entren al territorio que una Comunidad que no es la de ellos, sino de otros hermanos matacos. Y no sólo eso, sino que se obligan a “GARANTIZAR” que los trabajos sean realizados. O sea, si tienen que apalear a sus dueños legítimos que en pro de defender su tierra, si se ponen frente a las máquinas, ellos se comprometen por este Contrato a evitar que esto suceda o sea, harán cualquier cosa para sacarlos y hacerlos desistir.

Por “treinta monedas de plata” dejarán que Contreras y sus subcontratistas destruyan lo que quieran, abran caminos, pistas, hagan zanjeos, rompan alambrados, saquen ladrilleras o sea, el trabajo de miembros de la comunidad de los Matacos atropellada, etc.

Pero lea textualmente Ud. la cláusula tercera y saque sus propias conclusiones. Y reflexiones si esto es o no un Soborno.

Cláusula 3ª. “Como cargo impuesto por EL DONANTE para la validez de esta donación, el Donatario (Comunidades Aborígenes mencionadas en la cláusula primera) se obliga: A permitir y garantizar la ejecución de la Obra Transporte firme de Gas – Expansión 2006/2008 – Tramo 74B del Gasoducto Mosconi –Campo Durán, a cargo de la Empresa Victor M. Contreras y Cia. S.A y/o sus contratistas y/o subcontratistas, comprometiéndose a la realización de la comisión de cualquier acto o hecho por parte de los miembros de las comunidades y/o evitar las acciones de cualquier tercero que impida, interrumpa, demore, obstaculice o dificulte la misma dentro de la Jurisdicción de General Mosconi entre las progresivas 54.000 y 56.000 inclusive de dicha obra y por el tiempo que conlleve estimándose su duración en 15 días a partir del presente 15/06/2010 implicando el ingreso/egreso de maquinarias, vehículos y personal tanto del Donante como de contratistas y subcontratistas de este, comprendiendo la realización de todas las labores propias de la obra (marcación de trazos, aperturas de pistas, zanjeo, introducción del ducto, soldaduras, tapados, remedación del suelo y otros, siendo estas tareas título enunciativo y no taxativo que debe ejecutarse en inmuebles cuya propiedad ejercen y sobre todo en el tamo de obra ubicado en la Jurisdicción de General Mosconi, que se identifica como el situado sobre las referenciadas progresivas Nº 54.600 y Nª 56.000, asimismo de resultar necesario permitir el ingreso de LA DONANTE, de sus contratistas y/o subcontratistas para la realización del mantenimiento en su caso de las obras de Ampliación del Gasoducto Campo Durán Buenos Aires y del Gasoducto Centro Oeste y/o cualquier evento no previsto durante el período de garantía en idénticos lugares mencionados ut-supra – actuando TGN como Gerente de Proyecto, por cuenta y orden del Fideicomiso de Gas y no a titulo personal, y/o de los Contratistas del Fideicomiso de Gas para la realización de las obras de referencia y mientras duren las necesidades operativas en el curso del año 2010.-

Este hecho es calificado por el Dr. Nallín en su contesto como soborno o una extorsión, como “un verdadero esteleonato” por obligar a sabiendas a comprometerse con la cosa ajena y en la cual no tenían facultades para hacerlo. Añade además que esto es “aprovecharse de la necesidad e inexperiencia de gente humilde para lograr esa compra de voluntades, por lo cual dicho presunto convenio resulta de nulidad esencial absoluta e inconvalidable, por violar la moral y las buenas costumbres y todos los principales fundamentos del Derecho (art. 21, 953, 954).

Finalmente debe quedar claro que ningún miembro de la Comunidad wichi Mataco aceptó el atropello, todo lo contrario, del mismo modo que lucharon por sus tierras cuando gobernaba el Capital Ulloa, ahora en plena democracia siguen luchando aunque el dictamen del Juez Aramayo les sea adverso. Ellos, como tantas otras comunidades indígenas como la de los Chanés de Campo Durán que hace poco por la gracias de Dios no volaron por el incendio de dos válvulas que fueron felizmente sofocadas, sufren el atropello del “desarrollo” que es sólo para unos y el atraso y la pobreza para sus pueblos.

Los funcionarios de la Justicia deben una vez por todas sacarse la venda de los ojos y actuar con la verdadera JUSTICIA que viene no sólo del Derecho de las Leyes, sino también de lo que hoy nos muestra la Madre Naturaleza, que se den cuenta que con la destrucción que ellos siguen propiciando al favorecer a las Empresas se están dictando su propia sentencia.

Norte del Bermejo